Te descontaron dinero por un servicio o producto que no solicitaste ni utilizaste. Tenés derecho al reintegro inmediato más intereses.
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Art. 19 Ley 24.240 — Las modalidades de prestación de servicios deben ajustarse a lo acordado. Art. 37 — Son nulas las cláusulas que impongan cobros no convenidos.
Guardá el comprobante del cobro indebido (resumen de cuenta, ticket, captura de pantalla)
Calculá la fecha exacta del cobro para citarla en la carta
Si hay varios cobros, detallalos todos con montos y fechas
Exigí el reintegro dentro de los plazos legales (generalmente 30 días)
Si la empresa no devuelve, podés reclamar daño punitivo de hasta 5 veces el monto (Art. 52 bis)
La acción de defensa del consumidor prescribe a los 3 años desde que se conoció el cobro (Art. 50 Ley 24.240). Conviene reclamar lo antes posible para conservar evidencia.
Sí. Además del reintegro, podés reclamar intereses compensatorios y el daño punitivo del Art. 52 bis, que puede ser hasta 5 veces el monto del cobro indebido.
Podés presentar el reclamo en el BCRA (banco central) además de en COPREC. Los bancos están sujetos a regulaciones adicionales del BCRA que los obligan a responder.
En 30 segundos tenés la carta lista. Gratis, sin registro, sin abogado.
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